martes, 31 de mayo de 2011

Caracteristicas de los Ciudadanos

LA PATRIA POTESTAD: consistía en el poder que tenían los padres en Roma, el jefe de la familia. Ese poder no solo se tenia sobre las personas sino que también sobre los bienes y los ritos religiosos.
Conjunto de personas sometidas a la autoridad común de un jefe, conjunto de poderes que el jefe de familia civil (pater family) tenia sobre las personas, los bienes, los ritos religiosos, privados  de sus descendientes y personas a esos asimiladas.
El vinculo de dependencia y subordinación del pater familia generaba un lazo de unión entre las distintas personas sujetas a el, ese lazo de unión es llamado parentesco civil de agnación. AGNADO, vinculo civil de parentesco, COGNADO, vinculo de sangre 
La patria potestad es propia del derecho civil, ejercida por ciudadanos romanos y sobre quienes tuvieran esa calidad como la mujer que no era sujeto activo pero podía ser sujeto pasivo, es decir podía estar sometida a la patria potestad pero no ejercerla.
La patria potestad es un derecho para provecho del pater familia y se extendió a los hijos legítimos, descendientes legítimos por línea paterna, a los hijos adoptados y a la mujer.
Atributos de la patria potestad. Se extendía a personas y a los bienes de los hijos de familia. El hijo de familia no tenia patrimonio propio, pues ingresaban al patrimonio del pater familia y se hacia efectivo hasta la muerte del pater familia. Las fuentes de la patria potestad era el matrimonio del derecho civil, la legitimación y la adopción.
Hoy en día la legislación civil contiene la figura de la patria potestad consistente en el poder que tienen los padres sobre los hijos hasta los 18 años, es decir la mancipiu va hasta los 18 años, hoy en día también se dispone de los bienes porque hay que acompañarle a los negocios.
La diferencia entre la patria potestad romana y la actual, es que hay libertad de cultos.
EL MATRIMONIO: en las primeras épocas se hablaba de algo idealista, era como si del cielo les hubiese llegado esa persona. Actualmente es algo realista, y las partes se unen con un objetivo.
Para contraer matrimonio o justas nupcias, se requeria.
-       Pubertad en ambos contrayentes, en Roma mujer a las 12 años, hombre a los 14 años, se casaban los hombres y se iban para la guerra.  
-       Libre consentimiento de los contrayentes
-       Consentimiento del padre de familia
-       Tener el derecho a contraer matrimonio, ius connubi
-       Ausencia de impedimentos.
El matrimonio es la institución básica de un estado, la familia es la base fundamental de la sociedad. En Roma se pedía respeto entre los conyugue, hoy en día el art. 113 C.C. exige solidaridad, respeto, procrear, auxilio, apoyo.
DISOLUCION DEL MATRIMONIO.
-       Por muerte de uno de los contrayentes.
-       Por perdida de la libertad, cuando aparece la máxima capitio diminutio.
-       Por perdida de la ciudadanía, media capitio diminutio
-       El divorcio.

EL CAPITIS DEMINUTIO
Consiste en la pérdida de la libertad o de la ciudadanía, o en una trasformación del estado de familia, existen tres grados de capitis deminutio.
MÀXIMA: cuando se pierde la libertad, implica la perdida total de la personalidad civil, puesto que dejando el se humano de ser libre dejaba de ser persona.
MEDIA. Cuando se pierde la ciudadanía, no producía la perdida de la personalidad, puesto que esta podría existir también en los no ciudadanos, pero desmejoraba la condición jurídica y social de la persona. Desaparecían los derechos, situaciones y estados inherentes a la calidad de ciudadano.
MÌNIMA, cuando se hacen cambios en la personalidad civil, en lo relativo al estado de familia.   Tampoco envolvía la perdida de la personalidad y no siempre desmejoraba la condición jurídica y social de la persona, pero en todo caso implicaba una trasformación del estado civil en orden alas relaciones de familia

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